El Real Decreto 665/2023, publicado en el BOE el 4 de julio de 2023, modifica el Reglamento del Dominio Público Hidráulico (RDPH) y establece nuevas obligaciones para la gestión de los sistemas de saneamiento en aglomeraciones urbanas.
Su objetivo principal es reducir los vertidos de aguas residuales no depuradas al medio receptor, especialmente aquellos que se producen por desbordamientos del sistema de saneamiento (VDSS) durante episodios de lluvia.
Principales obligaciones técnicas
Las aglomeraciones afectadas deberán elaborar un Plan Integral de Gestión del Sistema de Saneamiento (PIGSS) que incluya:
- Evaluación del sistema actual y diagnóstico del comportamiento en lluvia.
- Análisis del rendimiento hidráulico (ηHID) y de calidad del agua (ηCARGA).
- Propuesta de medidas correctoras para mitigar o eliminar VDSS.
- Justificación del cumplimiento de los criterios establecidos en el Anexo XI del RDPH.
- Priorización de medidas basadas en la naturaleza, como los Sistemas Urbanos de Drenaje Sostenible (SUDS).
SUDS como solución prioritaria
El Real Decreto 665/2023, a través del desarrollo técnico recogido en la Guía del PIGSS 2025, establece que la implantación de SUDS será prioritaria para cumplir los objetivos de control de vertidos.
Según la definición oficial (Orden AAA/2056/2014), los SUDS son elementos preferiblemente vegetados, permeables, visibles y situados aguas arriba del sistema de saneamiento.
Se reconocen como válidos aquellos sistemas que permiten:
- Infiltración directa.
- Almacenamiento temporal.
- Filtración y mejora de la calidad del agua.
- Reutilización de aguas pluviales o grises para usos no potables.